Todos los niños tienen derecho a nacer y a vivir dignamente.              Todos los niños son iguales y tienen los mismos derechos.              Todo niño tiene derecho a una protección especial, más que cualquier otra persona.              Todo niño tiene derecho a satisfacer sus necesidades básicas.              Todos los niños tienen derecho, desde su nacimiento, a un nombre y una nacionalidad.              Todo niño física, social o mentalmente impedido, debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especial que requiere su caso particular.              Todos los niños tienen derecho a gozar de amor y comprensión, para el pleno y sano desarrollo de su personalidad.              Todo niño tiene derecho a disfrutar plenamente del juego y la recreación.              Todo niño tiene derecho, en toda circunstancia, a recibir protección y socorro.              Todos los niños tienen derecho a ser protegidos contra toda forma de abandono, crueldad, explotación o trabajo que perjudique su salud y educación.              Todo niño tiene derecho a ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad, paz, y fraternidad universal...             

Proyecto Bicentenario

          El tema de investigaciòn de nuestro proyecto  lo hemos denominado:

        "ORIENTACIÓN LEGAL SOBRE LA VIOLENCIA PSICOLOGICA EN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN LA COMUNIDAD DE RUPERTO LUGO, PARROQUIA SUCRE, MUNICIPIO LIBERTADOR, CARACAS, DTTO. CAPITAL"...

      El objetivo de este proyecto comunitario es brindar a la comunidad organizada (Consejos Comunales, Centros Educativos, Padres Etc.) cooperaciòn y apoyo en el  àrea juridica y legal, como tambièn la promociòn, fomento  y difusiòn de los derechos humanos de los NNA, con el objeto de propiciar  una cultura  basada en valores, para asi  de esta manera cooperar con la construcciòn de un mundo mejor en donde todos  los habitantes de nuestra comunidad asumamos  el compromiso de la hermandad, la paz y la solidaridad. Asi como tambièn el deber moral de erradicar toda forma de violencia  de nuestra sociedad. Todo esto en concordancia con el articulo 4to.  de la ley de servicio Comunitario del estudiante de Educaciòn Superior, el cual dice:

         "A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educaciòn superior que cursen estudios de formaciòn profesional, aplicando los conocimientos cientificos, tècnicos, culturales, deportivos y humanisticos adquiridos durante su formaciòn acadèmica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participaciòn al cumplimiento de los fines del bienestar Social, de acuerdo a los establecido en la Contituciòn de la Repùblica Bolivariana de venezuela y en esta Ley."


           Con este proyecto comunitario queremos tambièn rendir un humilde tributo al Bicentario de la independencia de Venezuela... Para recordar el primer referendo popular en nuestro pais ocurrido el 19 de Abril de 1810. Hecho que sucediò con la destituciòn de Emparan que segun los historiadores la propiciò el sacerdote chileno Josè Cortes de Madariaga desde el famoso balcòn de la casa del Ayuntamiento lugar desde donde se le consultò al pueblo.